¿En qué pensamos cuando imaginamos un lugar adecuado para el desarrollo de la infancia o la juventud? Imaginamos que, de poder leer sus respuestas, estas serían de lo más variadas, así como también pensamos que ninguna de ellas diría: un ex cuartel militar.
La Ciudad Autónoma de Melilla cuenta con varios centros, entre ellos, uno donde residen únicamente la juventudes e infancias migrantes (desde los 12 hasta los 18 años) en situación de desamparo, cuyas competencias son, tal y como señalan:
Ofrecer acogida con los cuidados físicos y psicológicos precisos.
Elaborar, diseñar y evaluar el proyecto educativo individualizado de cada uno de los menores, atendiendo a su momento evolutivo.
Identificar y eliminar los efectos de desarraigo que sufren algunos menores no acompañados.
Ofrecer a los menores un tiempo y espacio que les permita clarificar y calibrar las opciones con las que cuentan de forma que puedan afrontar situaciones conflictivas. (Ciudad Autónoma de Melilla, 2019).
Tal y como puede observarse, son las Comunidades Autónomas, y en este caso, la Ciudad Autónoma, las encargadas de la tutela de las infancias declaradas en desamparo, estableciéndose en cada caso, unos criterios y recursos propios (pautas que difieren en función de cada una de las administraciones regionales).
El centro, situado a las afueras de la ciudad de Melilla y a escasos metros de la frontera con Marruecos, resulta ser un antiguo cuartel militar. Pertenece a la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, aunque lo gestiona una empresa privada zaragozana. Cuenta con una capacidad de 160 plazas, siendo en la actualidad entre 80 y 100 jóvenes quienes viven en el centro, organizado en 4 módulos de larga estancia y 1 módulo de primera acogida (Antúnez et.al, 2016). En este centro, como ocurre en la sociedad en general, confluyen y entran en tensión las leyes de protección a la infancia con las leyes de extranjería, primando en este caso las segundas sobre las primeras.
A nivel nacional, hablamos de dos modelos distintos de acogida: el acogimiento familiar[1], el cual consiste en la convivencia del joven en una familia y el acogimiento residencial, donde la infancia o juventud residirá en un centro regentado por la administración. En ambos casos, el acogimiento se produce en una situación de desamparo, cuando el o la joven no se encuentra bajo la tutela, guarda y custodia de sus progenitores o tutores. Una vez la infancia o juventud es tutelada por la Administración, la labor del centro de acogida tiene una triple dimensión: asistencial (atención sanitaria, satisfacción de necesidades físicas), preventiva (información, orientación, apoyo emocional) y educativa (escolarización, iniciación profesional, socialización, tiempo libre) (García, 2016, p.7).
En las casi dos décadas que lleva funcionando esta institución como centro de menores – como ya hemos dicho, antes fue un cuartel militar– el centro ha ido coleccionando denuncias que implicaban tanto a trabajadores como a las instalaciones del propio centro. La falta de pruebas, los cambios de versión en el juzgado y la imposibilidad de localizar a las personas implicadas años después de las denuncias son algunos de los factores que están detrás de las absoluciones y los archivos (Quirante y Bautista, 2019).
Este, sin embargo, es el lugar donde desarrollan su cotidianeidad muchos de los jóvenes que llegan a Melilla. En un ex cuartel militar vallado que funciona como Centro Asistencial y se encuentra en las afueras de la ciudad.
Colindando con basurales, la valla y el cementerio… la “Europa Fortaleza” les da la “bienvenida”.
Emulando una disciplina carcelaria de horarios de madrugada, ventanas valladas o rejas “antisuicidio”, juventudes e infancias desarrollan su día a día bajo parámetros penitenciarios.
Los problemas del centro contrastan con el dinámico negocio detrás de su gestión, adjudicado a una empresa zaragozana a través de varios contratos que se prorrogan de manera ininterrumpida desde 2006 (Quirante y Bautista, 2019). Desde el 2014, la empresa aragonesa, presente en 24 provincias con proyectos sociales de todo tipo, apenas conoce competidores en los sucesivos concursos públicos. Actualmente, el contrato se encuentra desierto, hecho que ha motivado que la Ciudad Autónoma haya decidido volver a elaborarlo, haciéndolo más atractivo para las empresas “que arriesgan su capital al presentarse a concurso” (Morales, 2024).
¿Es este el interés a perseguir? ¿Es la óptica de mercado la que debe regir? ¿Realmente lo que se busca es poner en el centro los intereses y negocios que suponen la terciarización de este servicio?
No debe perderse el foco cuando hablamos de infancias y juventudes, de sus derechos y de la protección que debe dispensar la Ciudad Autónoma. Siendo un servicio que emana y debe ser dispensado por parte de la Administración, de “lo público”, ¿es la terciarización y subcontratación a través de empresas la mejor forma de garantizar la protección a la infancia y juventud?
“Por falta de inversión, comunicación o apuesta decidida para incentivar el acogimiento familiar, el modelo de los centros se ha impuesto cuantitativamente, pese a ser más costoso y perjudicial para el desarrollo de la infancia. En los últimos años, se ha registrado un aumento en el número de centros, con 124 nuevas residencias en 2019, alcanzando un total de 1.228 en todo el país. De estos, el 80% (922 centros) están gestionados por entidades privadas, como ONGs, asociaciones, fundaciones, congregaciones religiosas y empresas, mientras que el 20% restante (224 centros) son de titularidad pública. Esto evidencia un sector altamente subcontratado, donde los agentes privados gestionan un total de 18.145 plazas (Cabrera, 2021)”.
El contrato de 2020, prorrogado hasta el 7 de enero de 2021 y extendido a 2022 por “contratación de emergencia” ascendía a 4.868.643,08 euros (4.773.104,10 euros para el año 2021 y 91.538,98 euros para 2022) (Consejería del menor y Familia, 2021). En el año 2019, año en el que el centro alojó a numerosos jóvenes por encima de sus capacidades (con la consecuente sobresaturación y empeoramiento de las prestaciones), la empresa percibió un complemento de 13,88 euros diarios por cada uno de los 660 niños y adolescentes que residieron de manera simultánea en el 2019 en el centro (teniendo una capacidad para 350 personas) (Quirante y bautista, 2019).
Los pliegos que rigen la gestión de la institución dibujan un escenario ideal: contemplan una plantilla de 10 profesionales en el equipo técnico, 94 profesionales de atención directa, 1 administrativo y 27 profesionales auxiliares, lo que hacen un total de 132 personas contratadas (Consejería del Menor y la Familia, 2021).
Debemos tener en cuenta, por último, que una vez el o la joven cumple 18 años, deja de ser tutelado por, en este caso, la ciudad autónoma, perdiendo el derecho a estar en un centro. En muchos de los casos, las redes no llegan a cumplir los objetivos marcados en los itinerarios personalizados y muchos de los jóvenes, a quienes en ocasiones no se tramita el permiso de residencia, quedan en una situación de desprotección. Las dificultades propias de los menores tutelados por los servicios de protección tras alcanzar la mayoría de edad y salir del sistema de protección se ven agravadas, por tanto, en la infancia y juventud migrante, en ocasiones, por su falta de arraigo familiar y social, y por las dificultades para no solo renovar la autorización para residir en el país sino tramitarla en algunos casos por primera vez (García, 2016, p.5).
La forma en que se construye y concibe socialmente la migración, influida por las políticas gubernamentales enfocadas en la securitización, control de fronteras y flujos migratorios, así como por las administraciones, los medios de comunicación y la industria cultural, dificulta la posibilidad de reconsiderar modelos de atención que sean acogedores, protectores y emancipadores. Además, la falta de un registro único, la escasa coordinación entre administraciones y el solapamiento de competencias entre distintos poderes públicos contribuyen a que no haya un registro detallado y concreto sobre la situación de la juventud e infancia migrante en España (Puyo et.al, 2021).
La multiplicidad de administraciones y agentes públicos implicados en el tema, la contradicción entre las leyes de protección a la infancia con las leyes de extranjería, las prácticas referentes al procedimiento de determinación de la edad, el hacinamiento en centros que en ocasiones se han visto saturados, la acogida en centros que no son dispositivos específicos para la infancia y juventud migrante, como un ex cuartel militar o la desidia por parte de los centros y administración en tramitar la residencia de los jóvenes son solo alguna de las malas prácticas que llegan a darse en estos centros.
Nos preguntamos entonces ¿En qué rincón de la deshumanización descansa la certeza de que estos son lugares propicios para la protección que debe brindar el Estado? La infancia y juventud migrante merece el trato y las garantías sociales e institucionales previstas para todas las adolescencias, sin distinción alguna.
[1] Tanto la legislación como la jurisprudencia coinciden en que el acogimiento familiar debe ser una alternativa preferente al acogimiento residencial en centros de menores (Puyo et.al. 2021, p.1). Sin embargo, en la práctica esto no sucede. En 2021, un total de 23.209 menores bajo tutela de la Administración vivían en centros residenciales, mientras que 19.320 estaban en acogimiento familiar. Esto significa que, hace tres años, había 4.000 niños más viviendo en instituciones que en un entorno familiar(Cabrera, 2021).
Bibliografía
Antúnez, M., Driss, N., García, R., & Olcina, S. (2016). De niños en peligro a niños peligrosos. Una visión sobre la situación actual de los Menores Extranjeros No Acompañados. Harraga.
Cabrera, E. (21 de Marzo de 2021). El sistema de protección de menores tutelados falla: cada vez hay más niños viviendo en centros que con familias de acogida. Eldiario.es. https://www.eldiario.es/sociedad/sistema-proteccion-menores-tutelados-falla-no-favorecer-familias-acogida-frente-residencias_1_7321706.html
Cabrera, E. (16 de mayo de 2021). La gestión de los centros de menores tutelados: entre las raíces religiosas, el asistencialismo y el negocio. Eldiario.es. https://www.eldiario.es/sociedad/gestion-centros-menores-tutelados-raices-religiosas-asistencialismo-negocio_1_7927186.html
Ciudad Autónoma de Melilla. (04 de septiembre de 2019). Centro Educativo Residencial de Menores "Fuerte Purísima". https://www.melilla.es/melillaportal/contenedor.jsp?seccion=s_fdes_d4_v1.jsp&contenido=2793&tipo=6&nivel=1400&layout=contenedor.jsp&codMenu=309&codMenuPN=601&codMenuSN=2&codMenuTN=152
Consejería del menor y Familia. Dirección General del Menor y Familia. (2021). Informe de necesidad de contrato de servicio de guarda y atención integral a menores acogidos y tutelados por la Ciudad Autónoma de Melilla en el centro educativo residencia de menores "Fuerte De la Purísima". Ciudad autónoma de Melilla.
Consejería del Menor y la Familia. Dirección General del Menor y Familia. (2021). Pliego de condiciones técnicas para el servicio consistente en la gestión integral del centro educativo de menores denominado centro educativo residencial de menores "La Purisima". Ciudad Autónoma de Melilla.
García, E. (2016). De menores inmigrantes en protección a jóvenes extranjeros en prisión. Indret. Revista para el análisis del derecho., 3/2016.
Morales, J. (22 de Agosto de 2024). El Gobierno volverá a redactar el contrato del Centro de Menores La Purísima para atraer empresas. El faro de Melilla. https://elfarodemelilla.es/el-gobierno-volvera-a-redactar-el-contrato-de-la-purisima-para-atraer-empresas/
Puyo, Á., Bravo, Á., Ortigosa, E., Rojas, A., Barandiarán, K., & Maroño, A. (2021). La acogida de menores migrantes en España. Fundación porCausa.
Quirante, I., & Bautista, J. (06 de Mayo de 2019). La Purísima: la pesadilla de ser menor y extranjero en Melilla. El confidencial. https://www.elconfidencial.com/espana/2019-05-06/melilla-vice-capitulo-4-la-pesadilla-de-ser-menor-y-extranjero-en-melilla_1976054/
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